Tuesday, May 12, 2020

Real ID Cómo sacarlo y su impacto en los migrantes

En cumplimiento de la ley Real I.D., a partir del 1 de octubre de 2020, las licencias regulares de manejar y de identificacià ³n no podrà ¡n utilizarse para abordar vuelos domà ©sticos ni para acceder a algunos edificios federales. Para ello, deberà ¡ obtenerse una licencia de manejar (drivers license) o una licencia de identificacià ³n (I.D. card) que se ajuste a las directrices de la ley Real I.D. Puntos Clave: Licencias de manejar e identificacià ³n Real ID A partir del 1 de octubre de 2020 no se podrà ¡n utilizar las licencias regulares de manejar como identificacià ³n para abordar vuelos domà ©sticos o acceder a ciertos edificios federales.No es obligatorio obtener una licencia Real I.D.; para conducir se puede seguir utilizando la licencia regular.La identificacià ³n Real I.D. es muy difà ­cil de alterar o falsificar. Este documento sirve como prueba de identidad y de presencia legal en el paà ­s.  ¿Cà ³mo funciona Real ID y cà ³mo afecta a los migrantes? Las nuevas licencias Real I.D. registran el nombre legal completo del solicitante, asà ­ como su fecha de nacimiento, fotografà ­a, direccià ³n de residencia, gà ©nero y firma. Ademà ¡s, contienen medidas de seguridad y de codificacià ³n de la informacià ³n que las hace muy difà ­ciles de alterar o falsificar. Al mismo tiempo, sirven como prueba de presencia legal en Estados Unidos de dos formas distintas. Por un lado, para obtener una licencia de manejar o de identificacià ³n Real I.D. es requisito indispensable demostrar mediante documentos que el solicitante es ciudadano o posee estatus migratorio legal en Estados Unidos. Los Departamentos de Vehà ­culos Motores de cada estado deben guardar digitalmente copias de dichos documentos. Por otro lado, la ley Real I.D. establece que los Departamentos de Vehà ­culos Motores deben compartir informacià ³n sobre sus licencias en una base de datos comà ºn que se conoce como S2S, la cual forma parte de SPEXS. Cada vez que se ingresa nueva informacià ³n al sistema, la base de datos la envà ­a al Departamento de Seguridad Interna (DHS, por sus siglas en inglà ©s) y verifica el estatus legal del solicitante. En la actualidad, no todos los estados que ya emiten licencias Real I.D. està ¡n conectados con dicha base de datos.  ¿Para quà © es necesario tener una identificacià ³n Real ID? A partir del 1 de octubre de 2020 serà ¡ necesario tener una licencia de manejar o una licencia de identificacià ³n que cumpla con los requisitos de la ley Real I.D. para abordar vuelos domà ©sticos y para ingresar a algunos edificios federales como, por ejemplo, bases militares. Si no se tiene dicha identificacià ³n podrà ¡n utilizarse alternativas como el pasaporte estadounidense, tarjeta de pasaporte, I.D. militar, tarjeta de residencia permanente, pasaporte extranjero con visa và ¡lida, tarjetas SENTRI y NEXUS, entre otros documentos.  ¿Para quà © no es necesaria la identificacià ³n Real ID? No existe la obligacià ³n de tener una licencia Real I.D. Las personas que tienen una licencia de manejar regular pueden continuar manejando y comprar seguro de auto o solicitar en cualquier momento la Real I.D. Ademà ¡s, los conductores que sacan por primera vez una licencia de manejar pueden optar por cualquiera de las dos: la regular de siempre o la Real I.D. Asimismo, los migrantes indocumentados pueden seguir conduciendo con sus licencias emitidas expresamente para esta categorà ­a de migrantes en una docena de estados. Cabe destacar que tampoco es necesario tener una licencia Real I.D. para ingresar a hospitales, acceder a cortes federales—incluidas las de inmigracià ³n—, abrir una cuenta de banco, aplicar o recibir beneficios sociales federales o para identificarse con carà ¡cter general.  ¿En quà © estados se puede obtener ya una licencia Real ID? En la actualidad es posible solicitar una licencia de manejar o de identificacià ³n que cumple con los requisitos de la ley Real I.D. en todos los estados y territorios de Estados Unidos excepto en los estados de Nueva Jersey, Oklahoma, Oregà ³n y los territorios de Islas Marianas del Norte y Samoa Americana.  ¿Cà ³mo obtener una licencia Real ID y quà © documentos se piden a los migrantes? Para obtener una licencia o identificacià ³n Real I.D., la ley federal establece parà ¡metros estrictos que deben cumplirse para probar identidad y presencia legal por un lado y, por otro, residencia en el estado donde se solicita la licencia. Ademà ¡s, cada estado puede establecer sus propias reglas adicionales en tanto respete las directrices federales. Prueba de identidad y presencia legal Se exigen dos documentos. Por un lado, como regla general debe mostrarse la tarjeta con el Nà ºmero del Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglà ©s). Sin embargo, se admiten excepciones a esta regla en ciertas categorà ­as de migrantes, como pueden ser algunas circunstancias de refugiados, solicitantes de asilo, solicitantes de la proteccià ³n VAWA para personas que han sufrido abuso, etc. En estos casos se puede presentar carta de la Administracià ³n del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglà ©s) especificando que el migrante es inelegible para la tarjeta del SSN. Por otro lado, debe mostrarse uno de los siguientes documentos: pasaporte estadounidense, certificado de nacimiento original o copia certificada, tarjeta de pasaporte, tarjeta militar de EE.UU., green card o pasaporte extranjero con sello I-551, permiso de trabajo EAD y tarjeta del Seguro Social. Ademà ¡s, tambià ©n se admiten el permiso de reingreso I-327 (tambià ©n conocido como advanced parole), la orden judicial de suspensià ³n de la deportacià ³n o el documento de viaje de los refugiados I-571. Asimismo, tambià ©n puede admitirse como documento que prueba presencia autorizada en los Estados Unidos la prà ³rroga de TPS, la aprobacià ³n de DACA para muchachos indocumentados y, en algunas circunstancias, el documento I-797 de solicitud de cambio de estatus. En el caso de extranjeros con visa de trabajo como la H-1B o la O, o visa de inversià ³n E-2, se admite presentar como prueba de identidad el pasaporte extranjero con visa và ¡lida. En el caso de estudiantes con visa F-1 deberà ¡n presentar junto con el pasaporte con la visa và ¡lida una copia del documento I-94, Registro de entrada y de salida. Puede estar sellado por un oficial de migracià ³n en el momento de ingresar a EE.UU. o puede ser una impresià ³n obtenida de la pà ¡gina oficial de la CBP. En todos los casos, los documentos deben ser originales. La à ºnica excepcià ³n son los certificados de nacimiento en EE.UU., para lo que se admite una copia debidamente certificada por la autoridad competente y con sello levantado o en relieve. Ademà ¡s, en el caso de cambio de nombre, deberà ¡ mostrarse la orden judicial, declaracià ³n de divorcio o certificado de matrimonio donde asà ­ consta. Prueba de residencia La residencia en el estado donde se solicita la licencia Real I.D. debe demostrarse con dos documentos. Como regla general se admiten facturas de servicio de cable, electricidad o telà ©fono, alquiler de vivienda, licencia de manejar sin expirar, registro de vehà ­culo, seguro de auto y extractos de banco, entre otros documentos similares. La mayorà ­a de los estados prevà ©n soluciones para el caso de personas que no tienen facturas, contratos o propiedades a su nombre. Los menores de edad, por ejemplo, pueden presentarse con una persona con quien conviven y que sà ­ recibe facturas a su nombre. Sin embargo, deberà ¡n mostrar al menos un documento en el cual figuren su nombre y su direccià ³n. En persona En cada estado se establecen las reglas para concertar una cita en una oficina local del Departamento de Vehà ­culos Motores, pero en todos ellos es necesario que el solicitante se presente con sus documentos ante un oficial para realizar el trà ¡mite. Costo de las licencias Real ID Cada estado establece sus propias tarifas. Por ejemplo, en Nueva York las licencias regulares y las Real I.D. tienen el mismo costo. En Pensilvania, la primera vez que se solicita una licencia Real I.D. debe pagarse una tarifa adicional de $30. En Nevada, si se desea un cambio de licencia regular por Real I.D., se debe pagar una tarifa de mejora de categorà ­a de $9,25 por las licencias de conducir y de $8,25 por las de identificacià ³n. Se recomienda consultar la pà ¡gina del Departamento de Vehà ­culos Motores del estado donde se reside para verificar el costo de la tarifa. Real ID y su diferencia con la licencia de manejar mejorada La licencia de manejar mejorada, conocida como Enhanced Drivers License en inglà ©s o por sus siglas EDL, es una licencia de conducir especial que permite a los ciudadanos de Estados Unidos y Canadà ¡ cruzar la frontera terrestre o marà ­tima entre estos dos paà ­ses. No es và ¡lida para cruce de frontera por avià ³n. En la actualidad, los à ºnicos estados que emiten la licencia EDL son Michigan, Minesota, Nueva York, Vermont y Washington. Fuente: DHS. (2005, May 11). DHS. Retrieved from  https://www.dhs.gov/xlibrary/assets/real-id-act-text.pdf Este es un artà ­culo informativo. No es informacià ³n legal.

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